Saltillo, Coahuila a 23 de mayo de 2023.- Durante la Décima Segunda Sesión del Primer Período Ordinario del tercer año de la LXII legislatura, la Diputada de morena, Laura Aguilar, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el contenido de la fracción III del Artículo 9 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el Estado, para agregar al concepto de “violencia institucional”.

Propuesta de iniciativa con proyecto de decreto:

Artículo 9.-…

De la l a la ll…

III. Violencia en el ámbito institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.

De igual forma, se considera violencia institucional el hecho de realizar sin la debida justificación, recortes presupuestales o la eliminación de programas sociales cuyas beneficiarias sean mujeres y que estos programas tengan por objeto atender la prevención y erradicación de la violencia; brindar servicios de salud u algún tipo de apoyo económico.

La legisladora de morena, mencionó que para estudiar la violencia de género no basta con señalar que existen factores estructurales, como el patriarcado, sino que deben considerarse las mediaciones entre dichos factores y las conductas individuales y colectivas.

“Las investigaciones que pretendan dar cuenta de las formas en cómo las violencias contra las mujeres están moldeadas por un orden social basado en la inequidad de género deberían ubicarse, en tiempo y espacio, en diversos contextos sociales más amplios definidos por otras desigualdades sociales también mediadas por relaciones de poder” explicó.

Así mismo, Aguilar Tabares señaló que debido a su condición de género, la violencia contra las mujeres se da en todos los ámbitos y por parte de agresores diversos, a la vez que constituye un fenómeno extendido con características y matices diferentes en el tiempo y el espacio.

“Sin embargo, para los fines de este trabajo presentaremos resultados únicamente relacionados con el ámbito institucional de la violencia hacia las mujeres en la región. Por violencia institucional se entienden los actos u omisiones de los hombres y mujeres que trabajan como servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que impliquen discriminación o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia según se establece en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia” informó.

Aunado a lo anterior, la Diputada Laura Aguilar informó que se identifica como tres expresiones de violencia institucional en el ámbito referenciado de la impartición de justicia: expresiones de tipo organizativo instrumental, de tipo cultural y la dirigida a grupos de mujeres en situaciones de vulnerabilidad.

“En la procuración de justicia sobresale la falta de capacidad técnica y de conocimientos sobre legislación, género y violencia por parte de los servidores públicos, así como la revictimización hacia las mujeres a través de las acciones de muchos funcionarios, especialmente del Ministerio Público, que culpabilizan y re victimizan a las mujeres que denuncian a sus agresores, y más aún cuando tienen con éstos algún vínculo afectivo; por otra parte, parte, los funcionarios públicos desconocen en general la legislación local sobre género en los estados donde ésta existe y se identifica la falta de capacitación y sensibilización en perspectiva de género y violencia” manifestó.

En ese sentido, la legisladora recalcó que las instituciones responsables de la atención en situaciones de violencia no ofrecen alternativas a las mujeres y las revictimizan por medio de actos como el tráfico de influencias y la protección de los agresores.

“El Estado tiene el compromiso y la obligación de garantizar la protección de la vida y libertad de las mujeres, la igualdad de género y no la discriminación.

Cabe señalar, que estados como San Luis potosí y Guanajuato han introducido el concepto que hoy se propone mediante esta iniciativa de ley para el Estado de Coahuila, todo con la firme intención de seguir buscando un verdadero empoderamiento para las mujeres coahuilenses” finalizó.

Por Sonia V

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